El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 126/2026, publicado en el BOE el 19 de febrero de 2026, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el ejercicio 2026.
La norma establece que el SMI tendrá efectos económicos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.

Cuantía del SMI 2026
Para una jornada legal completa, el salario mínimo queda fijado en:
- 40,70 euros al día
- 1.221 euros al mes
- 17.094 euros anuales en cómputo global
La cuantía anual constituye el mínimo garantizado, independientemente de la estructura salarial, debiendo computarse exclusivamente el salario en dinero, sin que el salario en especie pueda minorar dicha cuantía.
La actualización supone un incremento del 3,1% respecto al SMI vigente en 2025.
Contratos temporales y empleadas de hogar

Para trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan 120 días, el salario mínimo se fija en 57,82 euros por jornada legal, incluyendo la parte proporcional de domingos, festivos y pagas extraordinarias.
En el caso de las personas empleadas de hogar que trabajen por horas, la retribución mínima se establece en 9,55 euros por hora efectivamente trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos.


Complementos salariales y compensación
Al SMI deben añadirse, en su caso, los complementos salariales establecidos en convenio colectivo o en el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como los incentivos o primas de producción.
El incremento podrá ser objeto de compensación y absorción cuando el trabajador ya perciba retribuciones superiores en cómputo anual. No existe, por tanto, obligación automática de incrementar el salario base si el total anual supera los 17.094 euros.
Entrada en vigor
El Real Decreto entra en vigor el día siguiente de su publicación en el BOE y produce efectos económicos desde el 1 de enero
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