La AECE (Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España), junto con 8 entidades más -todas representativas de los colectivos de Profesionales Tributarios- han solicitado al Gobierno de España, a raíz de la crisis surgida con la Covid-19, una ampliación de los plazos de presentación de las declaraciones correspondientes al mes de abril.
Después de muchas comunicaciones y gestiones, el ejecutivo afirma que “el Ejecutivo aprobará una ampliación de los Plazos de presentación y pagos de declaraciones tributarios para que los Autónomos y las pymes con más dificultades”. La medida, está pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros y de publicación en el BOE. Se espera que dicha publicación se produzca hoy martes 14 de febrero.
A falta de confirmación y publicación en los canales oficiales, las medidas relativas a los plazos de presentación de Tributos las pueden aplicar:
Las empresas con un volumen de facturación inferior a 600.000 euros (para el resto el 20 de abril de 2020 seguirá siendo el plazo de presentación), y son:
- El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre pasa a ser el 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo.
- En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo.
- Recordar que se podrá formalizar aplazamiento (los 3 primeros meses sin intereses)
Para las personas físicas que están en estimación objetiva:
- Podrán realizar ahora la renuncia a sistema de Estimación Objetiva (sólo para este año y no para 3 como está establecido actualmente) y realizar los pagos del trimestre por el Régimen de Estimación Directa Simplificada.
- Para los que no renuncien y permanezcan en Estimación Objetiva, se habilitará un sistema que permita reducir del rendimiento neto los días que haya sido cerrado el establecimiento.
Para las Sociedades:
- Se podrá realizar el cambio en el sistema de cálculo de los pagos fraccionados.
Hemos enviado esta información a nuestros clientes a través de una circular informativa. Si tiene dudas de si puede beneficiarse de estas medidas, recuerde que nuestro despacho sigue trabajando en el horario de oficina habitual y que puede contactar con nosotros en el 93 780 95 34 o bien a través del formulario de contacto de esta web.