Cambios en el sistema de trámites con la Seguridad Social de los autónomos a partir del 1 de octubre

A partir día 1 de octubre los trabajadores autónomos deben realizar sus trámites con la Seguridad Social por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones. La orden Ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social, establece la obligatoriedad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos para incorporarse a este sistema. Sin embargo, para cumplir con esta obligación el trabajador puede optar por acogerse a este Sistema y gestionar sus trámites a través de un autorizado Red o directamente hacer uso de los servicios electrónicos disponibles en la sede electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). La obligatoriedad se extiende a la recepción de las notificaciones, por lo que para la consulta y firma deberá acceder al servicio correspondiente en la Sedesa.

El trabajador autónomo dispondrá de un período transitorio de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para que la obligación del uso de medios electrónicos sea efectiva.

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